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Gestoria y asesoria

Declaración complementaria: ¿por qué se presenta?

declaración complementaria

Presentar una declaración complementaria es una situación de obligatoriedad que podría pasarle a cualquier persona en algún punto de su vida, sin importar si se trata de un autónomo, empresa o particular. 

En este documento se declaran todo lo que se declaró anteriormente, añadiendo cosas nuevas y corrigiendo posibles errores del pasado. Por lo cual se puede obtienen un resultado distinto que en la declaración anterior.

No importa sobre qué impuesto se haga, esto puede ocurrir en cualquiera. 

Declaración complementaria vs declaración rectificativa

Pero, ¿es lo mismo una declaración complementaria que una declaración rectificativa? No, y es importante que el contribuyente conozca la diferencia entre ellas. 

En el caso de la declaración complementaria, lo que está buscando el contribuyente es darle a Haciendalo que le debe, porque debido a una mala gestión este ha perjudicado económicamente al ente.

Por otro lado, la declaración rectificativa se hace por medio de un escrito y su objetivo es al revés. Nosotros nos encontramos agraviados económicamente y queremos que nos devuelvan dinero. 

Declaración complementaria vs declaración sustitutiva

En ocasiones, los contribuyentes presentan una declaración complementaria porque necesitan completar una declaración que ya ha sido presentada. Por ejemplo, una empresa que está obligada a presentar el modelo 349.

Este debe contar si ha realizado operaciones intracomunitarias, pero ha omitido una factura y para subsanar su error presenta una declaración complementaria. No obstante, si queremos cambiar la declaración inicial presentaremos una declaración sustitutiva.

Declaración complementaria: ¿qué debo saber sobre ella?

Ahora que hemos comparado diferentes tipos de declaraciones seguro que tienes más claro qué es la declaración complementaria. Por lo tanto, tienes que tener en cuenta que la declaración complementaria solo se presenta en caso de que se haya cometido un error que perjudique a Hacienda.

Se puede hacer complementando datos o modificando ciertas cantidades. Esto repercutirá en el importe final que te tocará ingresar o recibir

Declaración complementaria en IVA

Se tendrá que hacer una declaración complementaria en el impuesto de valor añadido cuando el contribuyente o su contador hayan omitido información a la hora de hacer la primera declaración. 

Esto puede ocasionar que Hacienda le ingrese una cantidad superior a la que debería. Para sanar este error se deberá presentar esta nueva declaración que complemente a la anterior y no la sustituya en ningún caso.

Si es tu caso, necesitarás el número de justificante de la primera declaración que se hizo. 

declaración complementaria iva

Pongámonos en la situación de que en la declaración anterior hubiese salido a compensar cuando lo que debería pasar es que haya que ingresar 210. En este caso la declaración complementaria se haría igual pero no se diría nada de la cantidad se ingresó antes. 

Esto sería viable si en lugar de una cantidad a ingresar, saliera a devolver. 

Declaración complementaria en el IRPF

La obligatoriedad en mostrar una declaración complementaria en el IRPF no solamente aparece cuando se ha cometido un error, sino también existen otros motivos por los cuales se debería presentar, por ejemplo, una nueva sentencia o un atraso en el pago de la nómina. 

Consecuencia de presentar la declaración complementaria

Antes de comenzar con una  complementaria, el contribuyente debería saber con anterioridad cuáles son las consecuencias de hacerlo para no llevarse ninguna sorpresa desagradable. 

Por lo tanto, hay que tener dos aspectos en cuenta en este proceso: el momento en el que se presenta y su motivo. 

Momento de la presentación

No es lo mismo que se presente dentro del plazo estipulado a que lo haga fuera de él. Si se hace de manera voluntaria tiene connotaciones distintas a cuando Hacienda “te pilla”. 

Desde el momento en que nos damos cuenta de que se ha cometido un error hay que ponerse manos a la obra. Si se cumplen 3 meses desde que se finalizó el plazo se añade un 5%, del cuarto mes al sexto, 10%, meses 7 y 12 15% y a partir del año, los intereses superan más del 20%. 

Lo mejor en estos casos, es pedir asesoramiento y que un asesor fiscal te explique con detalle tu caso personal

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