En Gestoring, además de asesorar en otros tipos de asunto empresariales y jurídicos, asesoramos sobre el procedimiento de reclamar clausula suelo.
Según lo establecido en el Real Decreto Ley, el consumidor puede optar a dicho procedimiento siempre y cuando en sus gastos de hipoteca, le cobraron en su día también gastos de clausula suelo.
Como hemos mencionado anteriormente, este procedimientos es voluntario, es decir, el consumidor tendrá la opción de reclamar o no reclamar clausula suelo.
Este tipo de procedimiento se iniciará cuando el consumidor presente dicha reclamación.
Cuando el banco reciba dicha reclamación, hay que tener en cuenta dos cosas:
- Si la entidad dicta que tu reclamación es procedente, dicha entidad te enviará un cálculo estimado sobre la cantidad que te tiene que devolver. Se añadirá los intereses legales establecidos.
- Si no procede dicha reclamación, no te enviará ningún cálculo, sino una comunicación detallando los motivos por los cuales dicha cantidad no es abusiva.
- Obviamente, si no estás de acuerdo con dicha comunicación, lo suyo es que reclames vía judicial.
Con respecto a lo anterior, si reclamas por vía judicial y sale como resultado una sentencia más favorable a la oferta realizada por tu entidad, el banco asumirá los costes de la condena.
En Gestoring te recordamos que acudir a la vía judicial tiene costes, así que deberías de valorar muy bien si la diferencia entre lo que te paga tu entidad y lo que realmente crees que puedes recibir, resulta favorable para ti.
Otros datos a tener muy en cuenta en el procedimiento de reclamar clausula suelo es que no hay un plazo de presentación máximo para poder reclamar.
Pero desde Gestoring recomendamos empezar cuanto antes, pues los procedimientos judiciales suelen ser muy lentos.
Podemos decir que el procedimiento extrajudicial de reclamar clausula suelo se finalizará sin acuerdo, siempre que se establezcan estas tres circunstancias:
- Cuando la entidad te comunica que tu reclamación no procede o hayan transcurridos más de tres meses sin que no hayas recibido ninguna respuesta.
- Cuando comunicas al banco el rechazo de la oferta y no estás de acuerdo con la cantidad ofrecida por la entidad.
- Y, por último, si aceptas la oferta del banco y éste no te paga transcurridos tres meses desde que presentaste la reclamación.
Si quieres que nuestros abogados te asesoren en le procedimiento de reclamar clausula suelo, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.