Si quieres trabajar por cuenta propia, sin depender de nadie es hora plantearte del alta como autónomo. No dejes pasar la parte burocrática, ya que no hacerlo puede traerte muchos dolores de cabeza sin sentido.
Hay una serie de trámites que son necesarios para cualquier actividad económica en la que intervengan Hacienda y la Seguridad Social. Lo primero que tendrás que hacer es tramitar el alta en RETA (el Régimen de Trabajadores Autónomos).
Una vez hecho esto, regístrate en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, dejando claro cuál es tu actividad en la sección del Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Requisitos para darse de alta como autónomo.
De acuerdo a lo que dice la Seguridad Social, una persona debe hacerse autónoma cuando lleva adelante una actividad lucrativa, personal y de manera recurrente. Los límites entre aquello que es habitual y lo que no lo es, siempre han sido algo confusos.
De acuerdo con lo que dice el Tribunal Supremo debería de darse de alta aquel individuo cuyos ingresos supera el salario mínimo interprofesional de ese momento. En cualquier caso, para evitar momentos desagradables, lo mejor es que un profesional estudie tu caso en profundidad.
Cómo darme de alta como autónomo en 2021
El trámite podría resumirse en dos pautas sencillas. Primero darse de alta como autonomo en la Seguridad Social con el modelo TA.0521 y darse de alta en Hacienda con el modelo 036 o 037. Hace un tiempo atrás, primero tenías que darte de alta en Hacienda y tenías 30 días para hacerlo en la Seguridad Social.
Ahora la forma de hacerlo ha cambiado. La fecha de alta en la Seguridad Social ha de ser la misma o incluso anterior a la de Hacienda. Lo recomendable es que se haga todo el mismo día.
Si tienes pensado hacer un negocio que esté abierto al público, estos no serán los únicos trámites que tendrás que llevar a cabo. Necesitarás licencias de obra y apertura en tu ayuntamiento.
El plazo para presentarse es de 60 días desde el día en que se comenzó la actividad económica. Durante el procedimiento, tendrás que especificar tu CNAE. Este es un código de 4 dígitos.
No tiene carácter fiscal, pero condicionará tus obligaciones y derechos. Antes de hacer nada, consúltalo en el listado de actividades. Esto podrás hacerlo desde la oficina más cerca a tu domicilio o incluso desde cualquier ordenador con internet si tienes tu certificado digital.
A continuación, te dejamos el paso a paso:
Entra en la página web de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Ve al apartado Empresas, afiliación e inscripción.
Entra en el alta de RETA. Necesitarás tu certificado digital. Si no lo tienes, pídelo.
Una vez hecho esto, rellena tus datos personales, así como los datos sobre tu actividad y escoge tus bases de cotización. Confirma lo que has hecho y descárgalo para tener constancia.
En todo lo que tenga que ver con la Seguridad Social y Hacienda, guarda comprobante de todo y tenlo siempre a mano para evitar cualquier contratiempo o posible malentendido.
Si, por el contrario, eres de los que prefiere realizar este tipo de trámites de manera presencial, te recomendamos que, en primer lugar, solicites una cita en la Seguridad Social, ya que no suelen atender sin cita.
Rellena el modelo 0521 y entrégalo. Tendrá que ir adjunto una fotocopia de tu DNI, número de afiliado y la fotocopia de alta en Hacienda. En caso de que seas extranjero residente, deberás ir tu pasaporte y/o NIE.
Cómo elijo mi base de cotización
La cuota mensual de una persona autónoma va en base a la cotización escogida a la hora del alta, por eso la elección de esta es muy importante.
De todas formas, si te confundes, no te preocupes, porque tendrás oportunidad de cambiarla hasta 4 veces en el año. A la hora de hacerlo piensa en cómo puede afectar esto a tu jubilación.
Ten en cuenta que para cobrar tu jubilación al completo, tendrás que haber trabajado durante los 15 años previos de manera ininterrumpida. Los autónomas que coticen por la base mínima tendrán una cuota mensual de 286 euros, mientras que aquellos que optan por la máxima pagarán 1233 euros.