Año nuevo, vida. Es lo que se suele decir. Pero para las pymes y autónomos, seguimos con la obligación de cumplir con nuestras obligaciones fiscales para este nuevo año.
El mes de enero de 2020 es un mes importante para el autónomo o pyme, pues a lo largo de dicho mes se deben presentar diferentes modelos en Hacienda
Las obligaciones fiscales más importantes para este nuevo comienzo de año, son las siguientes:
- De cara al 20 de enero, se deben presentar los modelos 111 y 115. En dichos modelos, se declaran las retenciones e ingresos a cuenta. En el modelo 111, serian las retenciones de trabajadores y profesionales y en el modelo 115, serian las retenciones de alquiler de oficina o despacho. Hay que recordar que el 20 de enero es la fecha límite, pero el día 15 de enero seria la fecha límite para domiciliar el impuesto.
- De cara al 30 de enero, se deben presentar los modelos 130, 131, 303, 390 y 349. Los modelo 130 y 131 se corresponden con los pagos fraccionados del autónomo persona física. El modelo 303 es la auto liquidación del IVA del 4º trimestre del año. Se deben declarar los ivas de las facturas que hayamos generado en ese 4º trimestre del año. Recodar también que, si queremos pedir la devolución del iva( si este nos sale a devolver) es el momento de hacerlo. Recordad también que si el iva sale a pagar, el plazo límite para domiciliar el impuesto es el 25 de enero. El modelo 390 es una declaración informativa anual en donde se recogen los datos del iva de las declaraciones trimestrales que hayamos generado durante el año. El modelo 349 se corresponden con las operaciones intracomunitarias realizadas a lo largo del año. Este modelo se debe presentar si a lo largo del año, hemos hecho operaciones de compra y venta de productos o servicios dentro de la UE.
- Y, por último, el día 31 de enero se deben presentar los modelos 180 y 190. Estos modelo son declaraciones informativa anuales donde se informa de las retenciones que hemos realizado a lo largo del año, tanto a trabajadores, profesionales como en los alquileres de oficinas y locales. Hay que incluir el modelo 184 que son para las entidades en régimen de atribución de rentas que hayan tenido una actividad económica a lo largo del año superior a los 3000€.
En conclusión, se debe de tener en cuenta estas fechas para no caer en el error u olvido de no presentar las declaraciones y que luego nos llegue una sanción en Hacienda. Para que no te ocurra esto, los asesores fiscales de Gestoring, te ayudarán a resolver dichas dudas y realizar tus declaraciones y cumplir con Hacienda y con todas tus obligaciones fiscales.