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Gestoria y asesoria

Conoce el impuesto de plusvalía municipal

plusvalía municipal

El impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana se conoce como impuesto de plusvalía municipal. Se trata de un tributo que aporta al Gobierno español más de 2.000 millones de euros.

¿Cuándo hay que pagarlo? Cuando vendes o donas una propiedad.

En el caso de que se trate de una venta… ¿quién debería pagarlo? ¿El vendedor o el comprador? ¿Qué pasa en el caso de las herencias? En el caso de las ventas, es el vendedor el que debe asumir el gasto del impuesto de plusvalía municipal.

No obstante, en el caso de que se trate de una donación es la persona que lo recibe el que tiene que desembolsar el dinero. Deberá presentarse en el ayuntamiento y pagar el tributo correspondiente. Los herederos llevarán adelante el mismo procedimiento.

Por qué el impuesto de plusvalía municipal es tan polémico

La polémica comienza cuando se sabe que se debe pagar este tributo aun cuando no se obtiene ningún beneficio. Este es el caso de las donaciones, por ejemplo. En la época del boom inmobiliario, esto no era un problema. En aquel entonces todas las ventas, generaban plusvalías. 

No obstante, en este momento hay muchas personas que venden su inmueble y lo hacen por un importe mucho más bajo que el que les salió a ellas en su momento. Además de eso, tienen que tributar en el municipio este impuesto. ¿Entiendes dónde empieza exactamente la polémica?

Cómo calculo el impuesto de plusvalía

Se calcula en función del valor catastral de la propiedad, del tiempo transcurrido en manos del propietario y de si se trata de una herencia, donación o compra.  Podemos verlo con un ejemplo.

Imagina que eres contribuyente. Compraste un piso en el año 2008 y lo vendes 9 años después. El valor catastral es de 150.000 €. La tasa de revalorización que estipula el ayuntamiento es el resultado de multiplicar 3,5 por 9 nueve años que ha sido tuyo.

Este importe puede variar en función del municipio, pero en este caso daría un resultado de un 31.5 %aplicado al valor catastral. Por lo tanto, la base imponible serían 47.250 euros. Sobre esta cantidad habría que aplicar el 30% de tipo impositivo. Este no puede superar el 30% por ley.

Como verás, en esta cuenta no se tiene en cuenta si el propietario que vende la vivienda gana o no con la venta con respecto a lo que pagó en su momento. Para asesorarte bien en este tipo de impuestos y presentar los recursos pertinentes, es mejor que tengas en cuenta un buen servicio de asesoramiento por parte de una abogado fiscal.

Opinión de los tribunales

Cada día se suman más casos en los que muchas personas solicitan que se anule la plusvalía derivada de operaciones que acaban en pérdida. En este caso, la sentencia del Tribunal Constitucional obligará a cambiar la normativa y generará las solicitudes de devolución.

Sin embargo, llegar hasta este punto no es fácil. Necesitarás tiempo, paciencia y dinero para contratar a alguien que pueda asesorarte debidamente. 

En el caso de venta a pérdidas

Como adelantábamos antes, hay muchos casos en los que la transacción puede salir a pérdidas. En estos términos el impuesto no debería devengarse, ya que no existiría un enriquecimiento para la persona, sino todo lo contrario.

El Tribunal Constitucional ya ha estipulado que es inconstitucional cobrar la plusvalía municipal en estos casos y por eso muchas personas han comenzado a reclamar. Cabe destacar que por pérdidas nos referimos a esas operaciones en las que el propietario vende su propiedad por una cantidad menor que la compró.

Volvemos a recalcular. En este caso, los Ayuntamientos no tendrían que exigir este pago. Pero como todo hay que demostrarlo, hay que demostrar, mediante las escrituras de la casa que valor tenía antes y por cual ha sido vendido. 

Es un tema complejo que a menudo puede traer muchos dolores de cabeza. Algo parecido a lo que ocurre con Hacienda cuando vas convencido de que no pagarás nada y te llevas una sorpresa no grata. 

Como a nadie le gusta llevarse sorpresas desagradables, lo mejor es asesorarse antes de hacer cualquier operación. En el caso de que las herencias es más difícil prever si un familiar va a fallecer, pero sí se puede hablar con un abogado antes de aceptar la herencia.

¿Listo para hacer frente a lo que venga?

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